TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES DE LAS COMPRAS REALIZADAS POR DACPOL SP. ZOO
DEFINICIONES:
1. DACPOL - significa DACPOL Sp. zoo
2. Vendedor - significa el empresario a quien se dirige el pedido.
3. Mercancías - significa todas las materias primas, materiales, partes, productos prefabricados, productos o dispositivos adquiridos para fines de suministro de DACPOL.
4. Orden- significa una orden de compra.
5. Condiciones generales de compra - significa las condiciones generales de compra realizadas por DACPOL Sp. zoo
1. Las presentes Condiciones Generales de Compra constituyen parte integrante de todos los Pedidos realizados por DACPOL al Vendedor. Las presentes condiciones generales de compra serán vinculantes para el Vendedor en su totalidad, salvo que las partes excluyan por escrito la aplicación de determinadas disposiciones en otros documentos bajo pena de nulidad. Al entregar a DACPOL, el Vendedor acepta las presentes Condiciones Generales de Compra.
2. Si las Condiciones Generales de Entrega del Vendedor, total o parcialmente, están en conflicto con las Condiciones Generales de Compra de DACPOL (así como con cualquier otro documento de DACPOL), se aplicarán las Condiciones Generales de Compra de DACPOL en completo.
3. Si el Vendedor no está de acuerdo con las Condiciones Generales de Compra, está obligado a comunicarlo inmediatamente por escrito a DACPOL antes de confirmar el Pedido. DACPOL se reserva el derecho de desistir del Pedido en este caso.
4. Las condiciones de venta establecidas por el Vendedor no serán vinculantes para DACPOL, incluso si DACPOL no las cuestiona de manera inequívoca.
5. Los términos vinculantes de cooperación son la versión en polaco. Las versiones en otros idiomas son solo para fines informativos.
1. El Vendedor está obligado a confirmar la aceptación del Pedido por escrito (Confirmación del Pedido) dentro de los 3 días hábiles, salvo acuerdo en contrario entre las Partes. Un documento en papel, fax o correo electrónico enviado a DACPOL por el Vendedor se considera una confirmación por escrito. La confirmación del Pedido supone la aceptación de las presentes Condiciones Generales de Compra. Transcurrido el plazo antes mencionado, la validez del Pedido depende de su confirmación por parte de DACPOL.
2. Si la Confirmación de Pedido en cualquier ámbito contiene condiciones incompatibles con los términos del Pedido, DACPOL tiene derecho, dentro de los 5 días hábiles a partir de la fecha de recepción de la Confirmación de Pedido, a declarar si acepta la ejecución del Pedido en el términos modificados por el Vendedor. La declaración DACPOL podrá ser enviada al Vendedor en forma de documento en papel, fax o correo electrónico.
3. En caso de discrepancias entre el Pedido realizado por DACPOL y la factura del Vendedor, se entenderán concordados los datos del Pedido.
4. El Vendedor garantiza que cuenta con personal debidamente calificado y autorizado, capaz de asegurar la calidad requerida y el cumplimiento de los requisitos DACPOL especificados.
5. A menos que las Partes acuerden lo contrario, el valor del Pedido incluye el valor de los Bienes solicitados junto con los documentos y su embalaje y entrega a DACPOL.
6. El Vendedor se compromete a notificar a DACPOL sobre cambios previstos y/o realizados en los Bienes entregados.
1. Las fechas de entrega son las fechas especificadas en el Pedido y significan la fecha de entrega de los Bienes en el lugar de entrega indicado en el Pedido. A menos que se indique lo contrario en el pedido, el lugar de entrega es el almacén de DACPOL en ul. Okulickiego 5J, 05-500 Piaseczno. Estas fechas deben cumplirse estrictamente.
2. Si existe el riesgo de mantener la fecha de entrega, el Vendedor está obligado a proporcionar por escrito el período previsto de retraso y las razones de su ocurrencia. La falta de la información antes mencionada o el suministro de información cuyo contenido demuestre que la entrega no se realizará a tiempo, puede ser la base para que DACPOL desista del Pedido, con las consecuencias derivadas del § 6 de estos Términos Generales y Condiciones de Compras realizadas por DACPOL.
1. El Vendedor está obligado a notificar a DACPOL sobre la disponibilidad de los Bienes para el envío por fax o por correo electrónico al menos 1 día hábil antes de la fecha prevista de entrega de los Bienes. El Vendedor notificará a DACPOL en caso de ocurrencia de un Producto no conforme y, si DACPOL está de acuerdo, acordará las reglas para su entrega, sujeto al § 2 punto 2 anterior, aplicado en consecuencia.
2. Las entregas de los Bienes se aceptan en el almacén de DACPOL durante el horario de apertura, es decir, de 8.00 a 16.00 horas, a menos que se indique un lugar y hora de entrega diferente. DACPOL permite la posibilidad de aceptar la entrega fuera del horario de apertura del almacén, siempre que se acuerde previamente entre DACPOL y el Vendedor.
3. La condición para el reconocimiento de la entrega como completa y su aceptación por DACPOL es la entrega del documento de transporte, es decir, el conocimiento de embarque adecuado al tipo de transporte, que contiene la especificación de los Bienes despachados (pedidos), la cantidad y el valor de los mismos, y todas las aprobaciones, certificados y tarjetas de garantía necesarios. Además, el Vendedor está obligado a incluir el número de Pedido en el documento de transporte y en otros documentos relacionados con la ejecución del Pedido, tales como: cartas, facturas, certificados de calidad y declaraciones de conformidad.
4. El cumplimiento del pedido por parte del Vendedor es una confirmación inequívoca de que los Bienes entregados cumplen con las últimas pautas para la electrónica, exigidas por las normas legales vigentes en la UE.
5. La factura deberá ser entregada junto con la Mercancía o de otra forma para que llegue a DACPOL antes de la entrega física de la Mercancía.
6. El control cuantitativo de las Mercancías entregadas y su estado después del transporte tiene lugar inmediatamente después de su entrega al almacén de DACPOL, comparando la conformidad de la entrega con los documentos de transporte y mediante la inspección del estado exterior del envío. Si la cantidad de la Mercancía (dada en el embalaje colectivo) no es consistente con los documentos de transporte o la Mercancía entregada muestra signos de daño, DACPOL indicará la discrepancia anterior en los documentos de transporte.
7. La verificación detallada del envío se lleva a cabo antes de que las Mercancías se introduzcan en el almacén. Si la entrega no se ajusta a los términos del Pedido en cuanto a cantidad o calidad o la entrega no cumple con otras condiciones establecidas en esta sección, DACPOL informará al Vendedor al respecto por escrito, por fax o vía correo electrónico. El Vendedor está obligado a entregar los elementos de entrega faltantes a su cargo dentro de los 5 días hábiles a partir de la fecha de comunicación del incumplimiento por parte de DACPOL, reemplazar el Producto defectuoso por uno nuevo, libre de defectos o realizar otros trámites.
8. La entrega de los Bienes solicitados se considera realizada en el momento de la recepción documentada y sin fallas del artículo de entrega por parte de DACPOL en el lugar acordado. Si no se cumplen las condiciones establecidas en este apartado, DACPOL no será responsable del retraso resultante en la aceptación de la entrega y la fecha de pago.
9. Embalaje: La obligación del Vendedor que entrega la Mercancía, utilizando embalaje de madera maciza, es utilizar únicamente madera que cumpla con la norma IPPC aplicable en el país de destino.
1. La finalización del Pedido da lugar a que el Proveedor otorgue una garantía y garantía por los Bienes entregados de conformidad con la garantía del Vendedor o del fabricante, pero por un período no inferior a 24 meses.
2. El Vendedor garantiza que los parámetros técnicos y de desempeño de los Bienes cumplen con los requisitos DACPOL especificados en el Pedido y que durante el período de garantía o garantía, los Bienes estarán libres de defectos que impidan su funcionamiento correcto y sin fallas.
3. La responsabilidad en virtud de la garantía y la garantía está de acuerdo con las disposiciones del Código Civil. El Vendedor es responsable ante DACPOL en virtud de la garantía, independientemente de los derechos de garantía.
4. Si durante el período de garantía o garantía se produjese algún defecto en la Mercancía, DACPOL informará al Vendedor sobre este hecho mediante documento en papel, fax o vía correo electrónico.
5. El Vendedor tomará todas las medidas necesarias para garantizar la sustitución o reparación de los Bienes defectuosos a su costa con la debida diligencia. El Vendedor está obligado a eliminar el defecto resultante o reemplazar el Producto por uno libre de defectos dentro de los 14 días hábiles siguientes a la fecha de recepción de la notificación de su ocurrencia por parte de DACPOL. Si, durante el período de garantía o garantía, los Bienes entregados se ven afectados por el defecto tres veces, el Vendedor está obligado a reemplazar los Bienes defectuosos con los Bienes libres de defectos a su cargo. Las obligaciones de garantía del Vendedor se realizarán en la sede de DACPOL. El Vendedor está obligado a preparar un informe sobre el defecto resultante de los Bienes, indicando el motivo de su ocurrencia y el método de su eliminación, a más tardar dentro de las 2 semanas posteriores a la recepción de información sobre su detección.
6. En el caso de sustitución del Producto defectuoso por uno nuevo, el plazo de garantía o garantía comienza de nuevo.
7. Si el Vendedor no elimina el defecto denunciado dentro del plazo señalado, DACPOL podrá eliminar el defecto en lugar del Vendedor a su cargo, previa notificación por escrito al Vendedor. Lo anterior no afecta los derechos de DACPOL en el campo de las sanciones contractuales previstas en el § 6, compensación suplementaria y suspensión de pago de las facturas del Vendedor, y no libera al Vendedor de responsabilidad en virtud de la garantía y la garantía.
8. Los plazos de garantía y garantía se extenderán desde el momento en que se informe del defecto del Producto hasta su retiro.
1. Se establece la responsabilidad por el incumplimiento o ejecución indebida del Pedido en forma de sanciones contractuales. El vendedor está obligado a pagar las sanciones contractuales de DACPOL:
a) por el desistimiento de DACPOL de una Orden que no haya sido ejecutada por causas imputables al Vendedor o por el Vendedor por causas ajenas a DACPOL - en la cantidad del 10% del valor del objeto de la Orden,
b) por exceder la fecha de entrega en la cantidad del 1% del valor del Pedido, por cada día de retraso,
c) por retraso en la eliminación de los defectos encontrados al recibir el objeto del Pedido o durante el período de garantía y garantía en la cantidad del 1% del valor del Pedido, por cada día de retraso, contado a partir del vencimiento del plazo fijado por DACPOL , eliminación de defectos o indicados en la garantía o en estas Condiciones Generales de Compra.
2. DACPOL tiene derecho a deducir las multas cobradas, derivadas de las presentes Condiciones Generales de Compra, de sus obligaciones con el Vendedor. En caso de retraso del Vendedor en la ejecución del objeto del Pedido o incumplimiento por parte del Vendedor de las obligaciones previstas en los § 3, 4 y 5 de las Condiciones Generales de Compra, DACPOL podrá - sin renunciar al derecho de cobrar una sanción contractual y una compensación adicional - utilizar uno o más de los siguientes derechos:
a) solicitar la ejecución del Pedido en su totalidad o en parte,
b) realizar una compra a otra entidad, por cuenta y riesgo del Vendedor;
c) desistir del Pedido por causa imputable al Vendedor sin fijar una fecha adicional, previa notificación por escrito al Vendedor.
3. Si la sanción contractual no cubre el daño sufrido, DACPOL podrá reclamar una indemnización complementaria en los principios de aplicación general.
1. Todos los datos e información proporcionados por DACPOL al Vendedor son confidenciales. Cualquier información derivada directamente de las presentes Condiciones Generales de Compra, así como la información obtenida por el Vendedor en relación con la ejecución del Pedido, incluida en particular toda la información organizativa, comercial y técnica relativa a DACPOL y que no se ponga a disposición del público, será considerada confidencial por las Partes y como tal no será revelada a terceros. Esta obligación no se aplica a situaciones en las que la obligación de proporcionar información resulte de disposiciones legales imperativas. En particular, el Vendedor se obliga a tratar como confidencial la información relativa al volumen de comercio, precios, descuentos, especificaciones de productos, acuerdos logísticos, datos tecnológicos, so pena de desistimiento de DACPOL del Pedido por causa imputable al Vendedor. El Vendedor declara que no utilizará la información confidencial para otros fines que no sean la ejecución del Pedido y que brindará a esta información la debida protección adecuada a su carácter confidencial. La obligación de mantener en secreto la información continúa vigente después de la finalización de la Orden y sólo puede ser revocada con el consentimiento por escrito de DACPOL, bajo pena de nulidad.
2. La divulgación de información relacionada con el Pedido a terceros por parte del Vendedor requiere el consentimiento por escrito de DACPOL.
3. En caso de divulgación no autorizada por parte del Vendedor de la información especificada en el punto 7.1, el Vendedor estará obligado a pagar a DACPOL una sanción contractual de 50 000 PLN. Si la sanción contractual no cubre el daño sufrido, DACPOL podrá reclamar una indemnización suplementaria conforme a las normas de aplicación general. La obligación de pagar una penalización contractual no excluye el derecho de DACPOL a desistir del Pedido por causa imputable al Vendedor.
1. Las partes acuerdan que en todas las disputas que surjan o puedan surgir entre el Vendedor y DACPOL sobre la base de estas Condiciones Generales de Compra o sobre la base del Pedido o en relación con su ejecución, los tribunales polacos tienen jurisdicción exclusiva y solo las disposiciones de la ley polaca se aplicará.
2. Las partes acuerdan que en todas las disputas que surjan o puedan surgir entre el Vendedor y DACPOL sobre la base de estas Condiciones Generales de Compra o sobre la base del Pedido o en relación con su ejecución, que las partes no puedan resolver. amigablemente, el tribunal competente para dirimir las controversias será el tribunal común debido a la sede de Dacpol.
1. La transferencia de los derechos y obligaciones del Vendedor en virtud de este Pedido requiere el consentimiento por escrito de DACPOL. El vendedor se compromete a comunicar los requisitos DACPOL a sus proveedores.
2. El Vendedor garantiza que, como resultado de las entregas y su uso, no se infringirán los derechos de autor y patentes de terceros.
3. El Vendedor confirma que los Bienes entregados a DACPOL no contienen minerales y derivados de la República Democrática del Congo (RDC) o países vecinos que puedan ser utilizados para financiar un conflicto en la RDC o en países vecinos.
4. Si se utilizan minerales de conflicto en la producción de productos suministrados por el Vendedor, el Vendedor se compromete a informar a DACPOL de este hecho sin demora. En caso de incumplimiento de las disposiciones anteriores, DACPOL se reserva el derecho de rescindir el contrato y devolver los Bienes solicitados al Vendedor.
5. El Vendedor se compromete a cumplir la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 8 de junio de 2011 sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos y el Anexo II 2015/863/UE del 31 de marzo de 2015. y la implementación del Reglamento del Ministro de Economía del 8 de mayo de 2013 sobre los requisitos esenciales para limitar el uso de ciertas sustancias peligrosas en equipos eléctricos y electrónicos (Revista de Leyes del 10 de mayo de 2031). Si el Vendedor desistiera de la aplicación de las normas antes mencionadas, se compromete a informar inmediatamente a DACPOL sobre este hecho. En caso de incumplimiento de las disposiciones anteriores, DACPOL se reserva el derecho de rescindir el contrato y devolver la Mercancía solicitada al Vendedor.
6. El vendedor está obligado a facilitar información sobre las sustancias contenidas en los artículos de conformidad con el artículo 33 del Reglamento nº 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, sobre registro, evaluación, autorización y restricción de productos químicos (REACH ) y por la que se crea una Agencia Europea de Sustancias Químicas.
1. Los Proveedores y Socios Comerciales de DACPOL se comprometen a hacer todo lo posible para cumplir con los principios establecidos en el " Código de Conducta para Proveedores y Socios Comerciales de DACPOL Sp. Z oo". z o . o. ”en relación con toda la cadena de suministro: https://www.dacpol.eu/es/codigo-de-conducta-para-proveedores-y-socios-comerciales .
Piaseczno, 11 de enero de 2021